miércoles, 6 de diciembre de 2006

¿Golpe de estado? ¿ Violacion a la Constitucion?



Pues bien, la descripcion primero que nada, en la primera foto se ve una realidad que muchos no quieren ver, y esta es que fecal tomo protesta rodeado de elementos de seguridad EMP (corbata roja) y cabe señalar que estos dirigieron la estrategia que los diputados panistas harian, digo hay que hablar claro de porque se dice que es una usurpacion.

En la segunda foto esta la imagen que todos conocemos, donde aparece rodeado de diputados panistas etc. esta imagen, y unica toma durante su protesta fue la que se dio a conocer en cadena nacional en donde en mi estado hasta la transmision de radio monitor por tv fue cortada.

y surfeando me encontre con esta carta la cual esta tremenda se las paso al costo, la fuente pos como no sendero del peje.

ASUNTO: MÈXICO.- RADIOMONITOR Y JOSÈ GUTIEREZ VIVO RECIBEN ATAQUES DE UN GOBIERNO ENCABEZDO POR FELIPE CALDERÒN QUIEN COMETIÒ EL DELITO DE “POSESIÒN ILEGÌTIMA DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÙBLICA” POR VIOLAR LOS ART. 128 Y 87 DE LA CONSTITUCIÒN FEDERAL Y POR NO SATISFACER LOS REQUISITOS LEGALES ORDENADOS POR LOS ARTÌCULOS 29 Y 49 TAMBIÈN DE LA CONSTITUCIÒN. SI CALDERÒN NO RENUNCIA SERÀ OTRO ULISES RUÌZ ORTÌZ GOBERNADOR DE OAXACA.

VEAN CÒMO SE COMETIÒ ESTE DELITO:

FELIPE CALDERÒN VIOLÒ EL ARTÌCULO 128 DE NUESTRA CONSTITUCIÒN FEDERAL QUE ORDENA:

"Artículo 128. Todo funcionario público, sin excepción alguna, antes de tomar posesión de su encargo, prestará la protesta de guardar la Constitución y las leyes que de ella emanen."

FELIPE CALDERÒN VIOLÒ ESTA ORDEN CONSTITUCIONAL PORQUE PRIMERO TOMÒ POSESIÒN DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÙBLICA EN LA CASA DE LOS PINOS EN LOS PRIMEROS MINUTOS DEL PRIMERO DE DICIEMBRE DE ESTE 2006 Y VARIAS HORAS DESPUÈS RINDIÒ SU PROTESTA EN LA SEDE DEL CONGRESO EN SAN LAZARO; EN LA CASA DE LOS PINOS AL DIRIGIR SU PRIMEN MENSAJE A LA NACIÒN, MANIFESTÒ QUE MÀS TARDE IRÌA AL CONGRESO EN LA HORA QUE HABÌA SIDO CITADO PARA SU TOMA DE PROTESTA Y DE POSESIÒN. A PESAR DE QUE NO HABÌA RENDIDO LA PROTESTA PREVIA, TOMÒ POSESIÒN DE LA PRESIDENCIA EN LA CASA DE LOS PINOS Y TOMÒ TAMBIÈN LA PROTESTA A SUS SECRETARIOS DE LA DEFENSA, DE LA MARINA Y DE SEGURIDAD PÙBLICA, QUIENES PRACTICARON SUS RESPECTIVAS ENTREGAS-RECEPCIÒN EN LA MADRUGADA, LO CUAL ES TAMBIÈN A TODAS LUCES UNA GRAN VIOLACIÒN A ESTE PRECEPTO CONSTITUCIONAL.


FELIPE CALDERÒN TAMBIÈN VIOLÒ EL ARTÌCULO 87 DE NUESTRA CONSTITUCIÒN GENERAL DE LA REPÙBLICA QUE ORDENA:



“Artículo 87. El Presidente, al tomar posesión de su cargo, prestará ante el Congreso de la Unión o ante la Comisión Permanente, en los recesos de aquél, la siguiente protesta: “Protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Presidente de la República que el pueblo me ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión; y si así no lo hiciere que la Nación me lo demande.”

SI LA PROTESTA DEBE RENDIRSE ANTES DE TOMAR POSESIÒN DEL CARGO COMO LO ORDENA EL ARTÌCULO 128 DE LA CONSTITUCIÒN, SUMANDO ARMÒNICAMENTE LO ORDENADO POR ESTE PRECEPTO 87, SE ENTIENDE QUE LA TOMA DE PROTESTA Y DE POSESIÒN DEBEN PRACTICARSE EN LA SEDE DEL CONGRESO, LUEGO ENTONCES, ¿POR QUÉ TOMÒ POSESIÒN DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÙBLICA EN LA CASA DE LOS PINOS? ES CLARO QUE VIOLÒ ESTOS DOS PRECEPTOS 128 Y 87 CONSTITUCIONALES QUE LE ORDENAN NO TOMAR POSESIÒN SINO DESPUÈS DE HABER RENDIDO LA PROTESTA CONSTITUCIONAL EN LA SEDE DEL CONGRESO EN LA HORA QUE HABÌA SIDO CITADO. CON ESTAS VIOLACIONES FELIPE CALDERÒN YA COMETIÒ EL DELITO PREVISTO POR LA FRACCIÒN PRIMERA Y SANCIONADO POR EL PENÙLTIMO PÀRRAFO DEL ARTÌCULO 214-I DEL CÒDIGO PENAL FEDERAL, EN EL CUAL SE ESTABLECE QUE:



"Artículo 214.- Comete el delito de ejercicio indebido de servicio público, el servidor público que:

I.- Ejerza las funciones de un empleo, cargo o comisión, sin haber tomado posesión legítima, o sin satisfacer todos los requisitos legales."

.......

Al que cometa alguno de los delitos a que se refieren las fracciones I y II de este artículo, se le impondrán de tres días a un año de prisión, multa de treinta o trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de la comisión del delito y destitución en su caso, e inhabilitación de un mes a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

.....”

A PESAR DE QUE EL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN LO DECLARÒ PRESIDENTE ELECTO A PESAR DE SU SENTENCIA DEL VEINTITRÉS DE MAYO DEL DOS MIL SEIS DICTADA EN EL EXPEDIENTE SUP-RAP-034/2006, MEDIANTE LA CUAL SE ORDENÒ AL IFE (INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL) Y AL PAN (PARTIDO ACCIÒN NACIONAL), Y POR ENDE A FELIPE CALDERÒN, RETIRAR DEL AIRE LOS PROMOCIONALES DE RADIO Y TELEVISIÒN QUE DECÌAN “LÒPEZ OBRADOR ES UN PELIGRO PARA MEXICO” POR VIOLAR EL ARTÌCULO 41 CONSTITUCIONAL, CON EL CUAL ENGAÑARON Y DIVIDIERON A LOS MEXICANOS, A PESAR DE TODO ESTO, FELIPE CALDERON HINOJOSA, COMETIÒ ESTE OTRO DELITO EN LOS PRIMEROS MINUTOS DEL PRIMERO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL SEIS EN CONTRA DEL DEBIDO SERVICIO PÙBLICO.

FELIPE CALDERÒN TAMBIEN COMETIÒ ESTE DELITO PORQUE LOS ARTÌCULOS 49 Y 29 DE NUESTRA CONSTITUCIÒN FEDERAL ESTABLECEN QUE:


“Artículo 49. El Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

No podrán reunirse dos o más de estos Poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el Legislativo en un individuo, salvo en el caso de facultades extraordinarias al Ejecutivo de la Unión, conforme a lo dispuesto en el artículo 29. En ningún otro caso, salvo lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 131, se otorgarán facultades extraordinarias para legislar.”


“Artículo 29. En los casos de invasión, perturbación grave de la paz pública, o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto, solamente el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, de acuerdo con los Titulares de las Secretarías de Estado, los Departamentos Administrativos y la Procuraduría General de la República y con aprobación del Congreso de la Unión, y, en los recesos de éste, de la Comisión Permanente, podrá suspender en todo el país o en lugar determinado las garantías que fuesen obstáculo para hacer frente, rápida y fácilmente a la situación; pero deberá hacerlo por un tiempo limitado, por medio de prevenciones generales y sin que la suspensión se contraiga a determinado individuo. Si la suspensión tuviese lugar hallándose el Congreso reunido, éste concederá las autorizaciones que estime necesarias para que el Ejecutivo haga frente a la situación, pero si se verificase en tiempo de receso, se convocará sin demora al Congreso para que las acuerde.”

FELIPE CALDERÒN HINOJOSA TOMÒ DE MANERA ILEGÌTIMA POSESIÒN DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÙBLICA TAMBIEN PORQUE LOS DIPUTADOS DE LA FRACCIÒN PARLAMENTARIA DEL PARTIDO ACCIÒN NACIONAL, DESDE EL MARTES VEINTIOCHO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL SEIS, TOMARON LA TRIBUNA DEL PODER LEGISLATIVO CON MIRAS A PROTEGER LA TOMA DE PROTESTA Y DE POSESIÒN DE FELIPE CALDERÒN, ANTE LA EJECUCIÒN DEL ACUERDO DE LA CONVENCIÒN NACIONAL DEMOCRÀTICA CELEBRADA EN EL ZÒCALO EL DIECISÈIS DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL SEIS, EN LA CUAL SE ACORDÒ IMPEDIRLO PARA HACER RESPETAR LOS PRINCIPIOS DE LEGALIDAD, IMPARCIALIDAD E INDEPENDENCIA QUE RIGEN EL PROCESO ELECTORAL COMO LO ORDENA EL ARTICULO 41 CONSTITUCIONAL, LOS CUALES SE VIOLARON AL DECLARÀRSELE PRESIDENTE ELECTO.

LOS DIPUTADOS DE LA FRACCIÒN PARLAMENTARIA DEL PARTIDO ACCIÒN NACIONAL DEJARON DE REPRESENTAR AL PODER LEGISLATIVO Y A TODOS LOS MEXICANOS Y JUNTO CON SUS SENADORES SE SOMETIERON A FELIPE CALDERÒN HINOJOSA TOLERANDO LA OCUPACIÒN E INVASIÒN DE LA POLÌCIA FEDERAL PREVENTIVA, DE LA MARINA Y DEL ESTADO MAYOR PRESIDENCIAL DEPENDIENTES DE CALDERON, OCUPACIÒN TOLERADA TAMBIÈN POR LOS PRIISTAS, POR LO QUE EN CONSECUENCIA, TODOS, EL PAN, EL PRI Y FELIPE CALDERON VIOLARON ESTE ARTÌCULO 49 CONSTITUCIONAL PUES PERMITIERON QUE EL PODER LEGISLATIVO FUERA TAMBIEN ASUMIDO POR FELIPE CALDERON, COMO ES DE TODOS SABIDO

FUE BAJO ESTAS CONDICIONES QUE FELIPE CALDERON SE PRESENTÒ ANTE EL CONGRESO A RENDIR SU PROTESTA CONSTITUCIONAL RETIRANDOSE INMEDIATAMENTE.

EL CATORCE DE AGOSTO DEL DOS MIL SEIS, EL EX PRESIDENTE VICENTE FOX INVADIÒ AL PODER LEGISLATIVO Y SUSPENDIÒ LAS GARANTÌAS DE LOS MEXICANOS PARA PRESENTARSE EL PRIMERO DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL SEIS A RENDIR SU ÙLTIMO INFORME DE GOBIERNO. EN AQUELLA OCASIÒN, LOS DIPUTADOS Y SENADORES DEL PRD, PT Y CONVERGENCIA TOMARON LA TRIBUNA PARA PEDIRLE QUE ANTES DE RENDIR SU INFORME, PRIMERO RESPETARA LOS ARTÌCULOS 29 Y 49 DE NUESTRA CONSTITUCIÒN PARA QUE SE RESTABLECIERA EL VERDADERO ESTADO DE DERECHO, PARA QUE SE RESPETARAN LAS GARANTÌAS INDIVIDUALES DE TODOS LOS MEXICANOS, NO SOLO DE LOS SIMPATIZANTES DE LÒPEZ OBRADOR, Y PARA QUE SE RESPETARA LA DIGNIDAD DEL PODER LEGISLATIVO. FOX NUNCA RINDIÒ SU ÙLTIMO INFORME DE GOBIERNO, SINO QUE EL PAN Y EL PRI HACIENDO MAYORÌA (ILEGAL) LE RECIBIERON UN INFORME POR ESCRITO.

EL DELITO COMETIDO POR FELIPE CALDERON QUEDA MAS CLARO AL COMPARAR SU CONDUCTA CON LA DE MARCELO EBRARD NUEVO JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, VEAMOS: EL ESTATUTO DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL EN SUS ARTÌCULOS 59 Y 60 PRIMER PARRAFO ORDENAN QUE:



"ARTÍCULO 59.- El Jefe de Gobierno del Distrito Federal, rendirá protesta, en los siguientes términos: “Protesto guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y las leyes que de ellos emanen y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Jefe de Gobierno del Distrito Federal mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión y del Distrito Federal, y si así no lo hiciere que el pueblo me lo demande”.

Artículo reformado DOF 04-12-1997

"ARTÍCULO 60.- El Jefe de Gobierno, ejercerá su encargo durante seis años, a partir del día 5 de diciembre del año de la elección, fecha en que rendirá protesta ante la Asamblea Legislativa."



MARCELO EBRARD, COMO TAMBIEN ES DE TODOS SABIDO, ESTE CINCO DE DICIEMBRE EL DOS MIL SEIS RIDIÒ SU PROTESTA CONSTITUCIONAL EN LA SEDE DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL EN LA HORA QUE FUE CITADO, TOMÒ POSESIÒN Y RINDIÒ SU MENSAJE DE GOBIERNO, COMO TAMBIEN HA SIDO REPORTADO POR LOS MEDIOS INFORMATIVOS, SESIÒN EN LA CUAL INCLUSO SOLO LOS ASAMBLEÌSTAS DEL PAN (PARTIDO ACCIÒN NACIONAL) ABANDONARON EL RECINTO, LUEGO ENTONCES TOMÒ POSESIÒN LEGÌTIMA DEL CARGO COMO JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Y EN CONSECUENCIA, MARCELO EBRARD NO INCURRIÒ EN EL DELITO PREVISTO EN LA FRACCIÒN PRIMERA DEL ARTÌCULO 259 DE CÒDIGO PENAL DEL DISTRITO FEDERAL QUE ORDENA:



“ARTÍCULO 259. Comete el delito de ejercicio ilegal de servicio público, el servidor público que:

I. Ejerza las funciones de un empleo, cargo o comisión, sin haber tomado posesión legítima, o quien lo designe sin satisfacer todos los requisitos legales;”

YA HAN SIDO DOS VECES QUE LOS DIPUTADOS Y SENADORES DEL PRI Y DEL PAN PERMITEN LA VIOLACIÒN A LOS ARTICULOS 29 Y 49 DE NUESTRA CARTA MAGNA. YA HAN SIDO DOS VECES QUE HAN GENERADO LAS REACCIONES DE LAS FRACCIONES PARLAMENTARIAS DEL PRD, PT Y CONVERGENCIA QUE LUCHAN POR EL RESPETO A LA DIGNIDAD DEL PODER LEGISLATIVO Y POR EL REESTABLECIMIENTO DE LA REPÙBLICA.

POR
TODO ESTO SE CONCLUYE QUE FELIPE CALDERON HINOJOSA EFECTIVAMENTE ESTÀ DESEMPEÑANDO EL CARGO DE PRESIDENTE DE LA REPÙBLICA COMETIENDO ESTE DELITO EN CONTRA DEL DEBIDO SERVICIO PÙBLICO. ¿CÒMO PUDO FELIPE CALDERÒN HINOJOSA PROTESTAR QUE CUMPLIRÀ Y HARÀ CUMPLIR NUESTRA CARTA MAGNA CUANDO ÈL MISMO YA HA COMETIDO DELITO Y HA VIOLADO LOS ARTÌCULOS 128, 87, 29 Y 49 DE NUESTRA CONSTITUCIÒN FEDERAL? ES CLARO PUES QUE LO QUE SE OBTIENE VIOLANDO LA LEY SOLO PUEDE RETENERSE VIOLANDO LA LEY.

A
PESAR DE TODO ESTO, TODABIA ESTE GOBIERNO ENCABEZADO POR FELIPE CALDERÒN HINOJOSA ATACA AL NOTICIERO “RADIOMONITOR” Y A JOSÈ GUTIERREZ VIVO, SACÀNDOLO DE LA FRECUENCIA DEL 102.5 DE FM, MANTENIENDOLO EN EL 1320 Y 1560 DE AM DE PÈSIMA CALIDAD, A PESAR DE SUS LOCUTORES GERMAN DEHESA Y ENRIQUE MUÑOZ BUSCAN LA MANERA DE JUSTIFICAR Y DE DEFENDER A SU GOBIERNO COMO LO HICIERON CON EL GOBIERNO DE FOX Y DE CALDERON; AHORA EL 102.5 DE FM, NOS RECETA MÙSICA GRUPERA SIN COMERCIALES DURANTE TODO ESTE MES DE DICIEMBRE, EN PERJUICIO DE NUESTRO DERECHO A LA INFORMACIÒN Y EN PERJUICIO TAMBIÈN DE LA FUNCIÒN SOCIAL DE NUESTRAS ONDAS DE RADIO PREVISTA EN EL ARTÌCULO QUINTO DE NUESTRA LEY FEDERAL DE RADIO Y DE TELEVISION.

POR TODO ESTO, NO HAY DUDA, ANDRÈS MANUEL LÒPEZ OBRADOR, ES EL PRESIDENTE LEGÌTIMO DE LOS MEXICANOS DECLARADO EN LA CONVENCIÒN NACIONAL DEMOCRÀTICA CELEBRADA EN EL ZÒCALO DEL DISTRITO FEDERAL EL PASADO DIECISÈIS DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL SEIS, Y LOS DIPUTADOS DEL PRD, DEL PT Y DE CONVERGENCIA SON LOS ÙNICOS QUE LUCHAN EN MÈXICO POR EL RESPETO A LA LEY Y A LOS DERECHOS HUMANOS, ASÌ COMO TAMBIÈN POR EL CUMPLIMIENTO A LOS TRATADOS INTERNACIONALES DE LOS MÈXICO ES PARTE.

SEÑORES DIPUTADOS Y SENADORES DEL PRI Y DEL PAN, POR FAVOR, USTEDES TAMBIEN RINDIERON UNA PROTESTA CONSTITUCIONAL, POR ELLO, POR MEDIO DEL PRESENTE ESCRITO, POR FAVOR LES PIDO, COMO UNA VOZ DEL PUEBLO CANSADA DE TANTA CORRUPCIÒN, RESTABLEZCAN LA REPÙBLICA Y RESPETEN Y HAGAN RESPETAR LOS ARTÌCULOS 29 Y 49 DE NUESTRA CARTA MAGNA, ¿CÓMO PUEDEN SEGUIR HACIÈNDOLE EL JUEGO DELICTIVO A FELIPE CALDERÒN HINOJOSA? LAS NOMBRAMIENTOS DE RAMÌREZ ACUÑA COMO SECRETARIO DE GOBERNACIÒN, DE EDUARDO MEDINA MORA COMO PROCURADOR GENERAL DE LA REPÙBLICA (YA RATIFICADO POR EL SENDO) Y DE DANIEL CABEZA DE VACA EN LA CONSEJERÌA JURÌDICA DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÙBLICA, SON CLARAS SEÑALES DE QUE VIVIREMOS BAJO UN RÈGIMEN SIN NINGUN RESPETO A LA LEY NI A LOS DERECHOS HUMANOS, COMO LO HAN REGISTRADO LA PRENSA Y ORGANISMOS INTERNACIONALES.

HA QUEDADO DEMOSTRADO QUE FELIPE CALDERÒN HINOJOSA HA COMETIDO ESTE DELITO; MIENTRAS NO RENUNCIE VOLUNTARIAMENTE, NO HABRÀ RESPETO A NUESTRA CONSTITUCIÒN FEDERAL, NI POR PARTE DE ÈL NI POR PARTE DE LOS DIPUTADOS Y SENADORES DEL PRI Y DEL PAN. EL PRI Y EL PAN BIEN PUEDEN, SIN NECESIDAD DE SOLICITUD DEL PRD, PT NI CONVERGENCIA, DESAFORARLO O INICIARLE JUICIO POLÌTICO PARA LOGRAR SU DESTITUCIÒN. NO BASTA PEDIR LA RENUNCIA DEL PRESIDENTE PANISTA ZERMEÑO DE LA MESA DIRECTIVA DEL CONGRESO POR COLUDIRSE EN ESTAS VIOLACIONES.

LOS MEXICANOS PODEMOS IMPUGNAR CUALQUIER ORDEN QUE VENGA DE FELIPE CALDERÒN EN SU CALIDAD DE PRESIDENTE DE LA REPÙBLICA ASÌ COMO TAMBIEN PROCEDENTE DE CUALQUIERA DE SUS SECRETARIOS.

SALUDOS CORDIALES, FIRMA JUAN MIGUEL RIVERA MOLINA, ABOGADO HARTO DE LA CORRUPCIÒN MEXICANA CORONADA CON UN MURO EN LA FRONTERA CON ESTADOS UNIDOS PARA DETENER A TANTO MEXICANO POBRE MUERTO DE HAMBRE, SÌMBOLO DEL FRACASO DEL MODELO ECONÒMICO DE LOS GOBIERNOS DEL PRI Y DEL PAN.

No hay comentarios:

UNETE EN FACEBOOK

Neurona TV- musica-documentales-etc.

Link directo del canal www.worldtv.com/neuronacolectiva copia y pega en el web browser.